El Pleno es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía dentro del gobierno municipal y está constituido por el alcalde y los concejales (es precisamente a la alcaldesa a quien le corresponde convocar y presidir las sesiones plenarias aunque puede delegar en alguno de los concejales).

El Pleno tiene un reglamento propio de carácter orgánico y tanto su funcionamento como la organización de sus contenidos se recoge en el reglamento municipal. Lo constituyen una Secretaría General y una serie de Comisiones encargadas de gestionar diversas áreas de gobierno y de informar sobre ésta al Pleno.

Una de las funciones del Pleno municipal que tiene mayor relevancia, dentro de sus tareas de fiscalización y control de los órganos de gobierno, está la votación de las mociones de censura y confianza. Así mismo, del Pleno dependen los acuerdos relativos a la alteración de la composición o de los límites del término municipal o los acuerdos sobre la participación del Ayuntamiento en órganos supramunicipales.

Del Pleno dependen también las aprobaciones y modificaciones de reglamentos orgánicos, ordenanzas, presupuestos, plantillas, reglamentos municipales, etc. La aprobación inicial y final de las tramitaciones urbanísticas también es una de las competencias del Pleno, así como la transferencia de sus funciones a otras administraciones o la determinación de la forma en que el Ayuntamiento gestionará los servicios municipales.

El Pleno de la Corporación se reúne en sesión ordinaria, salvo agosto, el último jueves de cada mes, a las 17:00 horas en primera convocatoria. En el caso de ser festivo, se celebra dos días antes o dos días después, a la misma hora.

Por Decreto de la Alcaldía del 24 de septiembre de 2019 las sesiones plenarias ordinarias correspondientes a los meses de octubre y diciembre del año 2019 se adelantan una semana y, como consecuencia, tendrán lugar el día 24 de octubre y el día 19 de diciembre de 2019.
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