C. Ayudas complementarias a los planes de vivienda

Descripción

La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto el inicio del procedimiento de concesión de ayudas a la rehabilitación complementarias a las concedidas al amparo de los convenios en vigor en desarrollo de los planes estatales de vivienda en las áreas de rehabilitación integral declaradas en el término municipal de Santiago de Compostela.

Su finalidad es incrementar las ayudas recibidas en el desarrollo del Plan de Vivienda en función de las circunstancias subjetivas de la persona beneficiaria, por lo que en ningún caso se concederán de forma exclusiva ni fuera de los ámbitos declarados a tal efecto.

Dirigido a

Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias de viviendas que sean beneficiarias de las ayudas a la rehabilitación convocadas al amparo de los convenios en vigor en desarrollo de los Planes Estatales de Vivienda, que reúnan, conjuntamente con la unidad familiar o de convivencia de la que formen parte de ser el caso, los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Notas para el ciudadano

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación que se especifica en esta convocatoria se inicia a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOP, y finalizará el día 30 de septiembre de 2019.

Se solicita

Atención a la Ciudadanía
Dirección: Rúa Presidente Salvador Allende, 4 baixo
Tel.: 981 543 128
Correo: Contactar con Ayuntamiento
Horario: De lunes a viernes (excepto festivos), de 9:00 a 14:00 h.
Horario especial de atención al público del 15 de junio al 15 de septiembre: de 9:00 a 13:00 h.

Se presenta

Registro General
Dirección: Rúa Presidente Salvador Allende, n. 4 baixo
Horario: Atención presencial: de lunes a viernes (excepto festivos), de 9:00 a 13:30 horas.

La atención presencial en el Registro General se realizaré sin cita previa y únicamente será necesario solicitar número o turno en la máquina dispensadora de citas.
Los ciudadanos podrán obtener su número o turno de 09:00 a 13:30 horas.
Cada turno permitirá realizar un máximo de dos trámites. En caso de tener que hacer más de dos trámites, los interesados podrán obtener los números que necesiten.
Registro electrónico del Ayuntamiento de Santiago en sede.santiagodecompostela.gal
También puede presentar cualquier documentación o solicitud dirigida al Ayuntamiento de Santiago a traves de la Red SARA

Los días 24 y 31 de diciembre, aunque son hábiles a efectos de cómputo de plazos, no abrirán las oficinas municipales, excepto la oficina del Registro General sita en la calle Presidente Salvador Allende, 4-bajo.

También podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por outra banda, informamos que toda aquela documentación relacionada co departamento de Atención ao Contribuínte só será recollida nese departamento.

O Rexistro Xeral NON recolle a documentación que se deba de presentar na oficina de Atención ao Contribuínte.

Para agilizar la tramitación de solicitudes relativas a temas urbanísticos y tributarios se recomienda su presentación en los registros auxiliares específicos.

Según lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Se tramita

Rehabilitación y Vivienda
Dirección: Casas Reais,8-2º andar. Casa Elisa e Ximena
Tel.: 981 54 24 37

Normativa relacionada

Formularios



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